Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • sicam 25321

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #429339  por ana
 
El caso es el siguiente
Una persona tiene los 30 años de aportes para poder jubilarse, todos ellos en relación de dependencia (ultimos aportes año 2002) y en noviembre tiene la edad (65), quiero iniciarlo ahora, para que comience a cobrar en noviembre, con suerte.
El tema es que además tiene pagos como monotrobutista desde 2004 a 2007, a los cuales en situación de revista apliqué la 25321 para renunciarlos (esta bien?) porque así no le baja el haber (en relación de dependencia cobraba muy bien)
Mi pregunta es:
armé el sicam, que hago ahora?
lo imprimo aunque no aplique ley 24476 y no tenga pagos que acreditar? hago las impresiones habituales?
que pongo para el turno? agrego el período como autónomo?
y en la solicitud? aclaro en algun lado ley 25321?
Gracias!
Ana.
 #429748  por ISIS
 
Hola, tenes que hacer un sicam respetando todas las inscripciones de autonomo que tenga, fijate tanto en Anses como en Afip.
Una vez cargada la sit.de revista, si tiene periodos impagos les podes aplicar el art.1 de la 25321.
En prestacion solicitada en la primera pantalla de sicam tenes que poner ley 24241, y no se envia, se imprime todo y se lleva al turno.
que pongo para el turno? agrego el período como autónomo?
y en la solicitud? aclaro en algun lado ley 25321?
Para el pedido de turno tenes que poner tanto los periodos de autonomo como los de relacion de dependencia, en forma cronologica.

Rel de dep......................xxx al xxx
Autonomo art.1 ley 25321....xxx al xxx
etc...
En observaciones se pone: solicita aplicacion ley 24241 y art.1 ley 25321.
 #430123  por ana
 
Gracias!
Imprimi, pagos, detalle deudas, 558 a b y c. Situacion de revista.
Algo más?
Gracias.
 #430201  por estudiocm
 
Perdón que pregunte, a ver si estoy confundida: porqué querés prescribir períodos aportados? Eso no era que no se podía?
Además si se consideran los últimos 10 años y de ahí los mejores, si los aportes en relación de dependencia fueran mayores serían esos los que se considerarían para el cálculo. Y en todo caso, si la persona tiene un exceso de aportes, en realidad le sumaría, ya que por año de excedente le incrementan un 1% el haber, o estoy muy confundida?
Paula
 #430282  por ana
 
gracias por tu respuesta, estaría bueno que alguien nos clare el panorama.
en principio estoy solicitando tyrno, para el martes.
aún tengo tiempo de hacer una liquidación nuevamente
gracias!!
 #430284  por ana
 
oh oh
me está poniendo nro de sicam?