Durante el asueto anterior a la feria tuve que presentar una demanda ejecutiva de unos cheques que prescribian dentro de la feria y asi lo hice, pero rsulta que ahora me encuentro con un despacho en el que el juzgado sorteado me dice que la prescripcion no es un fundamento para levantar el asueto resuelto por la corte de la provincia, cuando en realidad mi intencion no fu levantar el asueto sino p`resentar en fecha la demanda y luego qu despachen cuando quisieran. Alguien me sugiere algo? porque en realidad no dice ni siquiera notifiquese el despacho.
