En cuanto a los conceptos no remunerativos, no es posible plantear como en el caso de los retirados de las ffaa que se declaren esos conceptos como remunerativos para que a los jubilados también les lleguen esos rubros?
Otra cosa, en el caso de una persona que primero trabajó en una actividad comprendida por el IPS; el resto de su vida como monotibutista, pero se jubiló en el IPS por ser la caja otorgante, el haber se calcula en un % del primer trabajo que tuvo, como empleado de la provincia?
Gracias