1. Asignación Familiar por Hijo Discapacitado:
Es una suma de dinero que se abona por cada hijo discapacitado que se encuentre a cargo del trabajador sin tope de Remuneración y sin limite de edad, Se necesita estar Autorizado el cobro por ANSeS. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales con discapacidad siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela, Adopción, Curatela a la Persona o Pariente por consanguinidad o afinidad, comprendido en los artículos 367 y 368 del Código Civil.
Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS.
Los requisitos son contar con autorización Expresa de ANSeS. Hijos discapacitados sin limites de edad, residentes en el país, solteros, viudos, divorciados o separados legalmente a cargo del trabajador, aunque trabajen en relación de dependencia o perciban algún beneficio social. No rigen topes remuneratorios.
Documentación: Autorización Expresa de ANSeS. Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Guarda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. Si el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.