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  • prescripcion, desde cuando la cuento?

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 #416380  por Hammurabi
 
Tengo un reconocimiento de deuda, donde no se invoca la causa. Está fechado en junio /2008, y el compromiso era pagar dentro de los 6 meses subsiguientes (asi se acordo). Por supuesto que el deudor nunca pagó. Tengo entendido que la prescripción es de un año y se cuenta a partir de la firma del compromiso.. si es asi estamos complicados.
Alguien podría corroborarme esto? o si el plazo lo cuento desde él vencimiento del tiempo que tenía para pagar??
Desde ya muchas gracias.

Por las dudas... el reconocimiento no lo hice yo, 8)
 #416392  por sole10
 
Art.4023 del C.C.(segun ley 17.711,mod.por ley 17.940):Toda acción personal por deuda exigible prescribe por 10 años,salvo disposición especial...