Hola, mis preguntas son: 1) a los formularios del sicam, yocomo apoderada debo firmarlos delante del empleado o los puedo llevar firmados. Mi pregunta parece tonta, pero en anses, al menos en tuc, son tan exigentes, que no quiero perder el turno por esto. 2) puedo llevar 2 juegos de formularios en el que varie solamente la ley aplicable, quiero decir que en uno figure ley aplicable 24476 y otro con la 24241., el resto no varia porque compro servicios del art 3 let 24476, no pago nada.Gracias
Debes llevar los F 558 del nº de liquidación que realizaste y cargaste en la solicitud de turno.
Ahora, si queres lleva los 2 a lo sumo modificaran la FI y te toman la otra
Si son tan exigentes firmalos como apoderada en el inicio. La verdad yo los llevo firmada, jamás tuve inconvenientes, pero como todos son diferentes..........uno nunca sabe.
Por 244241 podes liquidar aplicando art. 3 sin problema, si cargando este beneficio el detalle de deuda da 0,00 va por 24241 porque no hay moratoria para enviar, se entendio????
