Hola a todos, mi consulta es: Sentencia en el Contencioso Adm. ordena a la Caja de Martilleros acordar pension viuda, de causante fallecido en 2.000 con intereses tasa pasiva Bco. Pcia. Ellos liquidan suma global de haberes calculados a valores históricos y sobre ese total aplican los intereses. Quiero impugnar la liquidación. Alguien me da una opinión??? NO DEBE LIQUIDARSE CADA HABER DESDE QUE SE DEVENGÓ HASTA SU EFECTIVO PAGO????.Gracias.-
