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  • MI PRIMER REAJUSTE ME AYUDAN ???...

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #412467  por Ximena15
 
Bueno los molesto ante todo por que tengo un par de clientes que les arme la jubilacion y quiero saber si es viable por el fallo badaro iniciar un reajuste, he leido bastante y buscado bastante material en relacion a este fallo, pero no me quedan muy claros los requisitos en terminos generales que debo reunir como para que sean viables estos reajustes, obviamente despues el paso final sera el calculo con el bluecorp o jauregui para determinar si corresponde o no y que monto seria.

Les comento mis dudas y los casos que tengo asi me contestan si me pueden ayudar, ya que el encuadramiento no lo entiendo bien, ya que no tengo experiencia en reajustes:

1) Tengo una señora que se jubilo en 03/2009, cobra aprox $ 2600.- por mes y acredito para su jubilacion 35 años en RR.DD todos en la misma empresa, continua trabajando y su sueldo bruto es de aprox $ 5600.- hoy me reuni con una colega que ya armo algunos con mas experiencia que yo y me dijo que si era viable, y que el retroactivo son 2 años para atras pero queria consultarlo con alguno de ustedes por que tengo bastantes dudas, me dijo que agote la via administrativa de ANSES y despues recurra a la justicia Federal y que maso menos en 6 meses a 1 año estan saliendo... alguien me puede confirmar si es asi?? o como seria el asunto.


2) Tengo una señora pensionada que le otorgaron la pension en 02/2002 y su esposo se habia jubilado con 30 años de aportes en RR.DD (en un Banco) cobra de pension $ 1112.- es viable tambien en este caso el fallo badaro??

Bueno quiero consultarles esto y por eso los molesto, antes de hacer el calculo blue corp. ya que como recien empiezo quiero estar seguro del encuadramiento correcto.

3) Me dijo esta colega (mayor que yo y con mas experiencia) que si uno es autonomo y con 30 años de aportes, por ser autonomo y haberse jubilado casi con la minima, para los autonomos estos reajustes no prosperan, al igual que los jubilados con moratoria de la 24.476

Bueno desde ya mil gracias por la ayuda

Besos

XIME
 #413161  por dool
 
Ximena:
1) en éste primer caso te aconsejaría que primero hagas el cálculo de blue corp, prima facie puede corresponderle la movilidad de badaro debido a la diferencia entre activo y pasivo, pero tenés que verlo con prudencia.- con respecto al retroactivo, se calcula, de properar la demanda, desde dos años anteriores al reclamo administrativo, eso es cierto... pero pensá que si vos lo iniciás HOY, siendo el tuyo un flamante jubilado, no le corresponde retroactivo ya que en agosto del 2007 no estaba jubilado!!

2) mismo caso que ut supra, con la diferencia que si le van a pagar retroactivo.- para saber cuál es la ley aplicable, fijate en que año se jubiló el esposo.-

con respecto a los autónomos, lamento no poder ayudarte, no la tengo muy clara (todavía, ojo)
suerte
 #413344  por Ximena15
 
Gracias Dool, si tenes razon me estoy tomando mi tiempo para aprenderlo esto de los reajustes, asi que estoy estudiando, pero me sirve mucho lo que me dicen aca debido a que acorto muchos pasos.

En el caso de la Pension no entiendo para que tengo que averiguar la fecha en que se jubilo el causante ?? para ver que ley le corresponde, en que varia eso??

Yo lo que le pedi a la pensionada es la fecha en que empezo a cobrar el haber como pensionada, ya que ella no esta jubilada.

Bueno muchas gracias y besos

XIME.
 #414332  por dool
 
la ley aplicable es fundamental, la 18037 es distinta a la 24241, varían, de ahí es la importancia de la diferencia, tienen prestaciones distintas, formas de calcular el haber inicial distintas como así distintas formas de movilidad.-
Y se aplica la ley vigente al momento de en que se obtyvo el beneficio originario.-
besos y cualquier cosa consultá.-