Buenas Tardes
Tengo un caso de fallecimiento del beneficiario del IPS de la provincia de Buenso Aires, existe el cobro de haberes devengados como en nacion?.
Alguien conoce la normativa aplicable, conozco de anses la 1178/02 y su modif 558/07 pero no tengo conocimiento como es el caso en provincia de buenos aires.
necesito la normativa aplicable o saber quienes pueden presentarse, si es necesario o no la declaratoria de herederos, si existe un monto maximo, plazo de prescripción.
Otra pregunta: en caso de anses: si quien solicita cobrar los haberes devengados lo hace a título de heredero porque posee un testamento ológrafo que está a derecho??? puede presentarse o debe iniciar la Suc. testamentaria?
muchas gracias...
Tengo un caso de fallecimiento del beneficiario del IPS de la provincia de Buenso Aires, existe el cobro de haberes devengados como en nacion?.
Alguien conoce la normativa aplicable, conozco de anses la 1178/02 y su modif 558/07 pero no tengo conocimiento como es el caso en provincia de buenos aires.
necesito la normativa aplicable o saber quienes pueden presentarse, si es necesario o no la declaratoria de herederos, si existe un monto maximo, plazo de prescripción.
Otra pregunta: en caso de anses: si quien solicita cobrar los haberes devengados lo hace a título de heredero porque posee un testamento ológrafo que está a derecho??? puede presentarse o debe iniciar la Suc. testamentaria?
muchas gracias...
