Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ABSOLUCIÓN DE POSICIONES. APODERADO!!!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #407331  por Claudialo
 
Hola foristas, en una demanda de daños y perjuicios, la demandada se presentó mediante un apoderado. Entonces ahora se ordenó audiencia de posiciones, quien absuelve posiciones?????. Yo entendí que es un hecho personal de la damandada y notifiqué la audiencia a su domicilio.real y al constituido.-Ahora miro el código y tengo dudas!!!!
 #407441  por DoctorH
 
Por lo que decís presumo que el demandado es una persona física capaz. En tal caso mirá detenidamente el inc. 2 del 403. Además, en todo caso tené en cuenta lo dispuesto por el 404.
 #407537  por abogado_1987
 
Claudia, tené presente >

La notificación de la audiencia señalada para la absolución de posiciones debe notificarse en el domicilio procesal constituido, si la parte citada actúa personalmente y en el domicilio real de la absolvente, cuando actúe por medio de apoderado, aun cuando hubiese actuado por derecho propio con anterioridad.”(Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala F, 30/05/1980, autos “Rubinetti, María J. c/ Espoueys, Daniel s/ sucesión”
 #407595  por Claudialo
 
Existe una distancia de 100km, desde el domicilio del absolvente y el juzgado en que debe declarar. pero entonces, respecto de lo que dicen foristas, en este supuesto , pese haber instrucciones para ello en el mandato, debo prestar conformidd a que absuelva el mandatario!!!. respecto de las cedulas las notifiqué bien entonces???. gracias como siempre foristas, un beso grande!!!