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 #406735  por fernandolopi
 
Estimados colegas:
Como podrán ver estoy dando mis primeros pasos en la profesión y tengo que ejecutar un cheque.-
He visto algunos modelos de demanda que Uds. han colocado en el foro pero tengo una duda:

Algunos modelos piden que se libre mandamiento de intimación de pago y embargo y otros piden MANDAMIENTO DE INTIMACION DE PAGO, EMBARGO Y CITACIÓN DE REMATE.-

Cual es la diferencia entre uno y otro??? cual me conviene pedir??? Que sucede si ya inicié la demanda y solo pedí que se libre mandamiento de intimacion de pago y embargo???

Gracias
 #406771  por Master
 
fernandolopi escribió:Estimados colegas:
Como podrán ver estoy dando mis primeros pasos en la profesión y tengo que ejecutar un cheque.-
He visto algunos modelos de demanda que Uds. han colocado en el foro pero tengo una duda:
Algunos modelos piden que se libre mandamiento de intimación de pago y embargo y otros piden MANDAMIENTO DE INTIMACION DE PAGO, EMBARGO Y CITACIÓN DE REMATE.-
Cual es la diferencia entre uno y otro??? cual me conviene pedir??? Que sucede si ya inicié la demanda y solo pedí que se libre mandamiento de intimacion de pago y embargo???
Gracias
Son dos trámites distintos. Por un lado se intima el pago y, en defecto del mismo, se traba embargo. La citación de remate equivale al traslado de la demanda y hace correr el plazo para oponer excepciones.
No importa cómo lo pidas a menos que tengas interés en separar ambas diligencias o sea, intimar y citar de remate (sin embargar) o embargar primero o por otra vía (R.de la Propiedad, sueldo, etc.) intimar y citar después. Pero si no solicitás esta modalidad en forma expresa, el mandamiento se ordena por todo, lo pidas así o no, ya que (CPCCN, 542) la intimación implica la citación.
 #406776  por poorlaw
 
TAl cual escribió el amigo Master.

La intimación de pago importa la citación de remate para oponer excepciones (CPCC art. 542) , así que no te preocupés. Fijate el despacho del juez, mas o menos dirá "líbrese contra el ejecutado mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de ... La intimación de pago importará la citación para oponer excepciones dentro del plazo legal..."

Lo que tenés que evaluar son las cautelares y otras medidas de fuerza para asegurar el cobro. Y el mandamiento lo redactás de acuerdo a lo que ordena el juez: puede ser con embargo, con el uso de la fuerza pública, con allanamiento de domicilio, etc., pero siempre tales medidas tiene que estar ordenadas a solicitud del ejecutante.

SAludos.