Estimados colegas!!! esta es mi primer consulta en el foro y espero me la puedan responder. El caso es de una sra. que tiene inscripcion en autonomos desde 12/1993 hasta 06/2004 segun pantalla de datos personales del SICAM, tiene algunos periodos pagos pero fuera de termino, por lo que aplique art. 1 L 25321sobre los meses que no tenia pagos dejando solamente los periodos cancelados. Al calcular la deuda, los intereses de los pagos realizados fuera de término, generan una deuda de $ 4.000 que por corresponder a periodos posteriores a 1993 no pueden incluirse en la moratoria. Queria saber si hay alguna forma de solucionar este tema, que no sea pagando esa suma. Muchas gracias!!
max23 escribió:Estimados colegas!!! esta es mi primer consulta en el foro y espero me la puedan responder. El caso es de una sra. que tiene inscripcion en autonomos desde 12/1993 hasta 06/2004 segun pantalla de datos personales del SICAM, tiene algunos periodos pagos pero fuera de termino, por lo que aplique art. 1 L 25321sobre los meses que no tenia pagos dejando solamente los periodos cancelados. Al calcular la deuda, los intereses de los pagos realizados fuera de término, generan una deuda de $ 4.000 que por corresponder a periodos posteriores a 1993 no pueden incluirse en la moratoria. Queria saber si hay alguna forma de solucionar este tema, que no sea pagando esa suma. Muchas gracias!!Y a todo lo no pagado o pagado fuera de termino le aplicas la 25321 y no te queda mas deuda posterior al 09/93
