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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #405921  por yanina50
 
hola foristas, entonces por lo que leo en el foro a los clientes que le falta la edad tengo que hacerlos pagar sicam desde ahora??? con o sin aportes?
alguien me puede explicar el procedimiento, porque tengo a todos a la espera de la edad!!! como se hace el reconocimiento? espero sus respuestas gracias
 #405928  por celiaEsc
 
Hola, si inicias un reconocimiento de servicios, depende de la situación de cada persona, te conviene iniciar ese reconocimiento si a la persona le faltan 18 meses o más para jubilarse, y tiene aportes que no aparecen en el sistema. Presentas las certificaciones pertinentes e inicias el trámite.
A una persona que le falta poco,unos meses. en realidad, no te conviene iniciar el reconocimiento ahora, sino esperar a que cuente con la edad jubilatoria.
Si les faltan aportes, pueden y quieren pagar las cuotas desde ahora, pueden hacerlo, pero tienen que pagar las cuotas al contado todos los meses y no dejar de pagar. Yo no le veo necesidad de hacer una cosa así, cuando se asegura que la moratoria 24476, es de carácter permanente.
Pero hay casos particulares: por ej: si una señora de 58 tiene a su cónyuge enfermo terminal, se puede acoger a la moratoria ahora, y pagarla en cuotas y en cuanto cumpla 60 seguirla pagando ya desde el haber. Si es que no la deja caer y paga siempre. Eso es lícito, y si queda viuda a los 59 la moratoria, ya la tendrá acordada y no habrá inconvenientes en acceder a la pensión.
Pero en otros casos, no le veo la utilidad, es más, si se atrasan y cae la moratoria, que están pagando al contado, después pueden tener más problemas que si no la hubieran tomado. Saludos.
 #407856  por emilu
 
Ya tres personas a las que les faltan entre 5 y 7 años para jubilarse me han preguntado si pueden adherirse a la moratoria de la ley 24.476 y pagar las cuotas para que llegado el momento de jubilarse tengan los años aportados.
Pensé que asi podía hacerse, pero me surge la duda cuando una de ellas me comenta que el Jefe de la UDAI dijo que no "compren" antes de llegar a la edad requerida para jubilarse. ¿El fundamento? que esos pagos se tomen a cuenta NADA MAS que de la deuda TRIBUTARIA pero no de la PREVISIONAL.
PUEDE SER ASI???? a mi me suena muy ilógico.
 #408056  por fernandez rocio
 
hola celia, y gente del foro: yo tengo un cliente (señor) con 64 años de edad, en agosto del año que viene cumple los 65 años, este señor me trajo certificaciones de servicios y remuneraciones, yo le podria iniciar un reconocimiento de servicio??? como tengo que hacer sacar turno?
GRACIAS!
 #408248  por emilu
 
celiaEsc escribió:Hola, se puede hacer, hay gente que lo hace y hoy se lo toma como aportes previsionales, aptos.
Lo que pueda suceder después, es otra cosa. Saludos
Gracias Celia por la respuesta!