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  • Que poderes tiene el administrador provisorio y definitivo?

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 #405345  por leon21
 
hola amigos! si me pueden asesorar en este tema
el administrador provisorio y definitivo en una sucesion segun el :
Art. 710. - El administrador aceptará el cargo ante el secretario y será puesto en posesión de los bienes de la herencia por intermedio del oficial de justicia. Se le expedirá testimonio de su nombramiento.

.-el mismo articulo dice que sera puesto en posesion de los bienes de la herencia por intermedio del oficial de justicia, esto en la practica como se manifiesta ?
la situacion es esta: hay dos bienes donde estaban alquilados por la causante y hace meses que no pagan y no se quieren ir, en la practica el oficial de justicia que hace en este caso ????
desde ya se agradece !!!
 #405350  por sole10
 
leon21 escribió:hola amigos! si me pueden asesorar en este tema
el administrador provisorio y definitivo en una sucesion segun el :
Art. 710. - El administrador aceptará el cargo ante el secretario y será puesto en posesión de los bienes de la herencia por intermedio del oficial de justicia. Se le expedirá testimonio de su nombramiento.

.-el mismo articulo dice que sera puesto en posesion de los bienes de la herencia por intermedio del oficial de justicia, esto en la practica como se manifiesta ?
la situacion es esta: hay dos bienes donde estaban alquilados por la causante y hace meses que no pagan y no se quieren ir, en la practica el oficial de justicia que hace en este caso ????
desde ya se agradece !!!
En la practica,cuando se trata de inmuebles,el administrador comienza su tarea desde que acepta el cargo,es decir,sin oficial de justicia de por medio.
Yo tengo un caso igual,igual al que planteas:con el testimonio de la designación de administrador,le iniciamos juicio de cobro de alquileres y desalojo al inquilino como cualquier otro juicio de esta naturaleza,sin que intervenga ningun oficial de justicia.
 #405364  por leon21
 
HOLA GRACIAS!!!
pero mi pregunta alguien puede decir que significa que sera puesto en posesion de bienes de la herencia, que facultad tiene en este caso el oficial de justicia??? , en el caso comentado anteriormente?? si me pueden asesorar en este tema
el administrador provisorio y definitivo en una sucesion segun el :
Art. 710. - El administrador aceptará el cargo ante el secretario y será puesto en posesión de los bienes de la herencia por intermedio del oficial de justicia. Se le expedirá testimonio de su nombramiento.
 #405577  por leon21
 
hola amigos pregunto por el codigo procesal civil y comercial de la nacion , puedo tambien tener administrador provisorio hasta la declaracion de herederos y despues solicitar administrador definitivo esto es asi?????
.- y pregunto solicito administrador , y luego como hariamos para ponerle una fecha final al administrador de la sucesion, como hacemos o como se debe hacer para decir???? es en la audiencia para tal cuestion , cuando la solicitamos para pedir administrador en la audiencia elegimos al mismo y decimos durara tanta cantidad de meses o hasta fecha tal???? o hasta que se realizen tal o cual paso procesal en el expediente??? esto como seria???
agradeceria una mano en esto.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!
 #414150  por sole10
 
leon21 escribió:hola amigos pregunto por el codigo procesal civil y comercial de la nacion , puedo tambien tener administrador provisorio hasta la declaracion de herederos y despues solicitar administrador definitivo esto es asi?????
.- y pregunto solicito administrador , y luego como hariamos para ponerle una fecha final al administrador de la sucesion, como hacemos o como se debe hacer para decir???? es en la audiencia para tal cuestion , cuando la solicitamos para pedir administrador en la audiencia elegimos al mismo y decimos durara tanta cantidad de meses o hasta fecha tal???? o hasta que se realizen tal o cual paso procesal en el expediente??? esto como seria???
agradeceria una mano en esto.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!
El administrador durará en sus funciones hasta tanto los bienes no se dividan, renuncie o sea removido;es decir,que mientras dure la indivisión forzosa de los bienes de acervo hereditario será el administrador a menos que renuncie o sea removido por mal desempeño.En la providencia de designación de administrador,te van a dar todas las pautas que estas preguntando.