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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #404832  por varelamariac
 
Hola Tengo un señor que le hicieron una jubi mandada por web.
El tema es que se la cortaron porque el señor va y viene a EEUU.
El abogado que se la preparó le dijo que no habia problema!!!!.
El tema es que el señor siempre aportó por más que vivia afuera el sicam le dió deuda solo 200 pesos que fueron pagados en efvo.
Se puede jubilar o no????????????????.
Gracias
 #404842  por chiqui79
 
no entendi... le otorgaron el beneficio y luego se lo denegaron???
o le otorgaron el beneficio y se lo suspendieron por falta de cobro???
o no le otorgaron beneficio directamente????
si tiene aportes se puede jubilar Pero no es claro lo que contas.
 #404844  por diego79
 
Seguramente hicieron cruce con migraciones y las jubiaciones con moratoria no se pueden hacer por web para quienes no residen en el país. Si vos decis que tiene aportes fijate si le podes hacer una edad avanzada (70 años de edad, diez de aportes) y en ese caso, si puede cobrarla aunque resida fuera del país por un largo período. Suerte!
 #404867  por varelamariac
 
Sr la otorgaron y se la suspendieron porque llegó tarde al primer cobro, el tema es que el abogado de ANSES dice que quiere ver los votos, y constancia de migraciones.
Pero si el hombre tenia un negocio y seguia trabajando acá .
Pero ANSES dice que no le corresponde tiene sicam con deuda 0.
Por eso queria saber que fundamentos aplicar
 #404869  por varelamariac
 
Me dicen en ANSES QUE NO LE CORRESPONDE PORQEU LOS PERIODOS QUE ESTÁN PAGOS EN TIEMPO Y FORMA EL HOMBRE NO VIVIA EN EL PAIS.
pERO ENTONCES COMO LE ACEPTARON EL PAGO EN ESE MOMENTO!!!!!!!!!!!
 #404873  por chiqui79
 
y donde tiene residencia el señor???
en ese caso yo creo que si el señor tiene residencia aca deberian rehabilitarle el beneficio, y si tiene alla tendra que hacer jubilacion en el pais de residencia por convenio internacional. Los aportes no se pierden.
 #405372  por lgaray
 
Le aceptaron el pago porque tenía un negocio y obligación de aportar.
El aporte de autónomo no paga solo por y para la jubilación
Pero la 24241 es clara en su Art. 2, dice que los autónomos DEBEN RESIDIR en el país para tener derecho-
 #405453  por EDUARDO SUAREZ
 
ANSES conoce si la persona reside o no en el país. No hace falta cruce con migraciones.
Le piden ver las votaciones para corroborar si ellos tienen un error en el sistema, nada más.