hola... les planteo la duda: si de una relacion de concubinato una de las partes contribuye con el 100 por ciento del dinero para adquirir un bien, que ahora se encuentra en poder del otro concubino, si se solicita la liquidacion de la sociedad de hecho, puede reclamar si prueba que el pago todo el valor integro??
Desde ya que puede, en principio, reclamar todo... pero será cuestión de probar: 1º que la otra parte no tenía manera de haber colaborado, y 2º, que el aporto la totalidad... ahhh... y 3º, que te toque un juez criterioso al respecto...
Saludos. Franco
