Genealmente los jueces regulan un 13% del valor del bien declarado en autos cuando se hayan concretad las tres etapas del procedimiento sucesorio. El tema es la pauta valuatoria que está declarada en el expediente, por ejemplo: si es un inmueble tenés que tener en cuenta si ese porcentaje se va a realiza sobre el valor fiscal (cédula catastral) o sobre el valor real de la propiedad (tasación inmobiliaria). El Juez siempre va a regular sobre el mayor valor que esté presentado. Espero haberte ayudado.-