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 #397657  por ibera55
 
Hola:
Me corrieron el traslado del art. 80 en un Beneficio de Litigar Sin Gastos. Mi clienta no me avisó y me venció el plazo para ofrecer pruebas.
Sé que la persona que promueve el BLSG tiene bienes y tiene un salario en blanco... ¿Cómo puedo salvar la situación? ¿Puedo pedir los oficios ahora?
Espero alguna sugerencia, gracias desde ya
 #397917  por enzo fernando costa
 
Ante todo, recordá que el otorgamiento del beneficio "no causa estado" (art. 82 cpcc), de modo que eventualmente puede reabrirse el incidente con alegación de haber "mejorado de fortuna", como decían los viejos códigos. Claro está, el problema son las costas que se van agregando por el incidente.
Yo me tiraría el lance de plantear tu prueba igual, dado que la redacción del CPCC (¡cuándo no!) es confusa al respecto; en el peor de los casos te van a proveer alguna sanata, y ordenarán el desglose.
Fundamentalmente tendrás que concentrar el fuego en la producción de la prueba (¡Repreguntar duramente a los testigos!); además, el momento crucial va a estar en la contestación del traslado del art. 81, que es cuando debés realzar las deficientes pruebas aportadas. Si tiene salario, habrá ofrecido el correspondiente oficio al empleador. En el siglo XXI los beneficios no pueden salir con un simple interrogatorio de testigos. Ahí tendrás que cuestionar la insuficiencia de los elementos probatorios.