Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SUECISION : INSCRIPCION Y CESION.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #396204  por Lanahi
 
Buenas noches:
Este es el caso: en la sucesion de mi padre, se ha dictado declaratoria de herederos y con posterioridad se hizo una particion y adjudicacion de bienes . La cuenta particionaria fue aprobada .
Ya se ha abonado tasa, sobre tasa , se presentaron los cerficados y todo lo que habia que presentar.
Incluso se me eximio del cumplimiento del art. 21 de la ley 6716 atento el parentezco que me une con el causante ( mi papá) .
Solicité se autorice la inscripcion en el Registro de Propiedad del Automotor , y en el proveido dice:

" -No habiendose observado , se aprueba la cuenta particionaria practicada a fs 71 ( art 766 CPCC)
- En atencion a lo pedido y estando en autos cumplidos los recaudos necesarios procedase a la inscripcion de la declaratoria de herederos dictada , con realcion a los automotores dominio....... a que se refieren los certificados de dominios obrantes a fs..... respectivamente . "

Bueno, aqui vienen mis dudas ya que estoy haciendo el testimonio y el oficio.

Hice el oficio : pero, donde ubico y como lo de la particion???
se me ordeno inscribir la declataroria ... y la particion??
No debería decir el proveido "Inscribase la declaratoria y la particion??

A ver si alguien me puede sacar de esto.
Mil gracias!
 #396365  por Lanahi
 
Bueno, de todas maneras, mil gracias a quienes leyeron.
Entiendo que si nadie pudo responder, es porque no se sabía orientar.
Un beso
Anahi
 #396448  por sole10
 
Lanahi escribió:Bueno, de todas maneras, mil gracias a quienes leyeron.
Entiendo que si nadie pudo responder, es porque no se sabía orientar.
Un beso
Anahi
Si el vehículo fue otorgado a alguno de los herederos en particular,sí debe haber un proveído que indique a nombre de quien se inscribirá.Y,por lo que manifestante,hay más de un automotor en sucesión;entonces debes confeccionar un oficio por cada uno.
Yo te sugiero que presentes un escrito,atento la cuenta particionaria aprobada,y que se ordene su inscripción.
 #396454  por martinhm77
 
Hola, lo que entiendo es que si se aprobó la cuenta particionaria, ya está.- lo que yo haría es hacer el oficio con el proveido del juez... en el oficio no se menciona la cuenta particionaria, luego el 08 se confecciona a nombre de quien se queda con cada vehículo como comprador y se deja a la firma.
Al menos así se hace donde yo litigo, tendrías que ver si el registro Automotor te pide otra cosa, pero no creo
Saludos