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  • MEJORAS EN FUNDO AJENO. INDEMNIZACION. COMPENSACION.

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 #394871  por ramfar
 
Estoy estudiando la posibilidad de iniciar una demanda por indemnizaciòn de mejoras realizadas en inmueble ajeno. Vi en el foro que se hablo del tema y todos concuerdan en que el poseedor de mala fe puede reclamar las mejoras utiles que haya introducido en el inmueble. Pero siempre se olvidan de un punto muy importante, que es el derecho que tiene el propietario de compensar dichas mejoras con los frutos (alquileres) que hubiera podido percibir en caso de que no hubiera perdido la posesiòn.

El art. 2441 del Código Civil establece: "El poseedor de mala fe puede repetir las mejoras útiles que hayan aumentado el valor de la cosa hasta la concurrencia del mayor valor existente. Estas mejoras son compensables con los frutos percibidos o que hubiere podido percibir. Pierde las mejoras voluntarias, pero puede llevarlas, si al hacerlo no causase perjuicio a la cosa."

Mi consulta es la siguiente:
Supongamos que una persona poseyo un inmueble urbano, de mala fe, durante 10 años e introdujo, durante su posesiòn, mejoras útiles por la suma de $50.000. Luego, el inmueble es reivindicado por el propietario. En este caso, ¿ Los $50.000 de mejoras se compensan con lo que el propietario dejó de percibir en concepto de alquileres ("... frutos que hubiera podido percibir..." dice el Código)? Si el propietario, por ejemplo, hubiera podido percibir un alquiler de $500 mensuales, da como resultado $60.000 en 10 años. En consecuencia, en este caso, el poseedor nada podria reclamar por las mejoras. ¿Es así el tema?

Por favor, espero sus opiniones. Gracias.