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  • Omitió denunciar domicilio real. Honorarios del letrado

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 #391769  por v2a
 
Un condómino inició la sucesión de su ex esposa con la excusa de proceder a la venta del inmueble. Al presentarse no denunció domicilio real.
Los herederos son los hijos de ambos, mis clientes.
Su abogado renunció al patrocinio luego que le regularon honorarios.
Ahora el abogado está intimando se depositen sus honorarios, pero para vender el dpto. tengo que citar al condómino que inició la sucesión y como les dije, no tiene domicilio denunciado.
1)Puedo pedir que se lo notifique ministerio legis, ya que él mismo no denunció domicilio real?
2)Qué puedo hacer con este abogado que pretende cobrar sus honorarios y que intencionalmente no denunció el domicilio del que era su cliente? Cabe alguna sanción a nivel Colegio?
Les cuento que mientras era abogado del condómino, lo asesoraba a su cliente para mandar cartas documentos intimando a sus hijos que ocupan el departamento que forma el acervo, a abonar un cannon locativo. En todas las CD daba domicilios reales inexistentes. Con todo ello puedo presumir que entre ambos generaron este lío con el tema de los domicilios, para dificultar las cosas y perjudicar a los herederos.
3)Mientras que no puedan vender el dpto, los sucesores tendrían que responder con bienes propios para pagar los honorarios del abogado que ellos no contrataron?.
4) Para pedir la división del condominio, lo hago en el mismo sucesorio o x incidente? Cómo es?
Gracias
 #391786  por sole10
 
v2a escribió:Un condómino inició la sucesión de su ex esposa con la excusa de proceder a la venta del inmueble. Al presentarse no denunció domicilio real.
Los herederos son los hijos de ambos, mis clientes.
Su abogado renunció al patrocinio luego que le regularon honorarios.
Ahora el abogado está intimando se depositen sus honorarios, pero para vender el dpto. tengo que citar al condómino que inició la sucesión y como les dije, no tiene domicilio denunciado.
1)Puedo pedir que se lo notifique ministerio legis, ya que él mismo no denunció domicilio real?
2)Qué puedo hacer con este abogado que pretende cobrar sus honorarios y que intencionalmente no denunció el domicilio del que era su cliente? Cabe alguna sanción a nivel Colegio?
Les cuento que mientras era abogado del condómino, lo asesoraba a su cliente para mandar cartas documentos intimando a sus hijos que ocupan el departamento que forma el acervo, a abonar un cannon locativo. En todas las CD daba domicilios reales inexistentes. Con todo ello puedo presumir que entre ambos generaron este lío con el tema de los domicilios, para dificultar las cosas y perjudicar a los herederos.
3)Mientras que no puedan vender el dpto, los sucesores tendrían que responder con bienes propios para pagar los honorarios del abogado que ellos no contrataron?.
4) Para pedir la división del condominio, lo hago en el mismo sucesorio o x incidente? Cómo es?
Gracias
Pregunto:¿Cuando el abogado renunció,lo notificó a su cliente? y en su caso,su ex cliente no puso otro abogado? yo tengo entendido que tiene que notificarlo para que constituya un nuevo patrocinio letrado bajo apercibimiento de rebeldía,mientras tanto este abogado sigue teniendo todas las obligaciones profesionales en tanto y en cuanto no se resuelva la situación.Esto lo digo porque,con esa actitud,les está trabando todo.
Tambien es raro que el Juzgado no lo haya intimado a completar sus datos,ya que,obligatoriamente en el escrito inicial,debe denunciarse el domicilio real.
Lo que yo haría es intimar a este abogado a que denuncie domicilio real de su ex cliente,si él lo contrató tiene la obligación de pagarle;vos patrocinaste a los hijos,de modo que tiene que intimar a su cliente para que le abone ya que el trabajo realizado fue en su beneficio.
A la pregunta 3:NOOOOO,no tienen que poner sus propios bienes para pagarle por lo que te dije antes.
A la pregunta 4:Para pedir la partición tenes que iniciar un incidente dentro del sucesorio. *suerte*
 #391929  por v2a
 
A la respuesta 1, te cuento que al renunciar el primer abogado siguió el caso, otro que también renunció en el expediente. Pensé que cuando ordenaban notificar la aceptación de la renuncia, me tenía que ocupar yo... El tema es dónde lo notifico,, si no denunció domicilio real y se quedó sin abogado. Entonces por lo que me decis, corresponde que sea el mismo letrado que notifique x cédula a su cliente la renuncia del patrocinio???

A la respuesta de quién paga los honorarios, se los fijaron a mis clientes que son los únicos herederos. El condómino no es heredero, pero fue quien abrió la sucesión y no le fijaron a él los honorarios del abogado que contrató. Es injusto, debería correr con parte de los gastos. El tema es que la regulación está firme y aunque apelé, solo logré que bajaran el monto.

Tema domicilio: cuando abro el incidente de división de condominio debo denunciar los datos del condómino? Pido que se le notifique ministerio legis? (otra vez el mismo inconveniente) o directamente libro oficio al colegio electoral para que informe?

Gracias
 #391967  por sole10
 
v2a escribió:A la respuesta 1, te cuento que al renunciar el primer abogado siguió el caso, otro que también renunció en el expediente. Pensé que cuando ordenaban notificar la aceptación de la renuncia, me tenía que ocupar yo... El tema es dónde lo notifico,, si no denunció domicilio real y se quedó sin abogado. Entonces por lo que me decis, corresponde que sea el mismo letrado que notifique x cédula a su cliente la renuncia del patrocinio???

A la respuesta de quién paga los honorarios, se los fijaron a mis clientes que son los únicos herederos. El condómino no es heredero, pero fue quien abrió la sucesión y no le fijaron a él los honorarios del abogado que contrató. Es injusto, debería correr con parte de los gastos. El tema es que la regulación está firme y aunque apelé, solo logré que bajaran el monto.

Tema domicilio: cuando abro el incidente de división de condominio debo denunciar los datos del condómino? Pido que se le notifique ministerio legis? (otra vez el mismo inconveniente) o directamente libro oficio al colegio electoral para que informe?

Gracias
Al punto 1:Exactamente,si renunció,el abogado debe comunicarlo a su cliente,¿Porqué tenes que hacerte cargo vos,si tus clientes no lo contrataron?
El condómino no es heredero pero inició si el sucesorio es porque lo necesitaba;sí es realmente injusto la situación.
Cuando abras el incidente,pedí que la Cámara Electoral informe el último domicilio denunciado por éste señor,porque la notificación debe hacerse en el domicilio real.
Si el sucesorio tramita en Pcia.de Bs.As.,es raro que el juzgado no lo haya intimado a denunciar domicilio real,en todo caso pedí que se lo tenga por constituido en los estrados del juzgado atento la situación planteada(art.40 y 41 CPCC).Espero te sirva,nunca me pasó algo así.Suerte