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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #390207  por Let
 
Hola a todos!!!
Quisiera hacerles una consulta: una persona, actualmente con edad para jubilarse, trabajó como empleada de comercio a partir de los 16 años de edad. Todavia no está la certificación de servicios, pero en breve el empleador la va a confeccionar, ya que se encuentra esa información en los libros de la empresa.
Existe algún impedimento para que considere los servicios a partir de los 16 años? Tengo que armarle una moratoria por la 24476 por el resto de los años.
Gracias por su atención.
Saludos.
 #390741  por Let
 
Gracias Mario, pero yo hace tiempo habia escuchado y no recuerdo bien la normativa, que algunas tareas pueden hacerse valer, aún cuando la persona tenga menos de 18 años, sobre todo cuando está registrado en un libro laboral, como es este caso del que les hablo. Alguien sabe si puede ser así?
Gracias. Saludos
 #390774  por peri1955
 
SI BIEN ES CIERTO QUE DEBERIA COMPUTARSE A PARTIR DE LOS 18 AÑOS DE ACUERDO A LA LEY, A MI ME PASO EN UDAI AVELLANEDA QUE ME COMPUTARON DESDE LOS 16 AÑOS EN 2 EXPTES. NO SE CUAL ES LA RESOLUCION. NI YO LO PODIA CREER CUANDO ME PASO. HABRIA QUE AVERIGUAR EN ANSES.
 #390790  por Let
 
gracias peri!!! voy a tratar de conseguir la resolución y te la comento. Tu aporte sirve de mucho, ya que por lo menos sabemos que en esa udai tomaron en cuenta dichos servicios, gracias nuevamente.
 #390793  por jarocho
 
Son perfectamente validos y aprovechables esos aportes siempre que se den las siguientes condiciones:
Su empleador le haya aportado entre los 16 y los 18 años mediante la libreta de ahorro de menores;
A los dieciocho años debe habersela entregado con los aportes registrados en la misma;
En ese supuesto caben dos posibilidades:
1) Haya retirado los fondos de ahorro ya que a los 18 eran de plena disponiblidad, en este caso ese aporte fue cancelado, o:
2) No haya retirado esos fondos y mantenga la libreta en su poder, en este caso es la maxima e indubitable prueba que permite aprovechar esos aportes.
Fuera de la libreta como prueba debera ser verificado en planillas antiguas los aportes y la no resolucion por el aportante. Saludos.
 #390796  por Let
 
Gracias Jarocho por tu clara respuesta. Sabes cuál es la resolución o normativa??
Creo que no tiene la libreta de aportes, pero sí estan en los libros de la empresa, y la empleadora está dispuesta a realizar la certificación de esos servicios. me servirán ? gracias por tu predisposición.
Saludos
 #390836  por alejandra01
 
bueno. yo consulté entre colegas hace poco y me dijeron lo mismo.
Mi cliente (una señora que quiere que realice la pensión por la muerte de su esposo) tiene la certific de serv. extendida por el empleador donde le aportan desde los 16 años como servicio privilegiado, pero no tiene la libreta de ahorros...Tampoco sabe si el marido retiró ese dinero...
Es como dice Jarocho. si no los retiró de la caja de ahorros valen...
la única que me queda en mi caso sería pedir un reconocimiento de servicios, pero eso demora demasiado...asi que no los consideraré en mi caso...