Una persona recibe una carta no documento invitando a abonar una deuda que tiene con un ex- banco que ahora paso a ser de un fideicomiso bancario. La deuda fue generada en 1997, no sabemos de que es, si tarjeta de credito o prestamo personal. La persona nunca fue intimanda fechacientemte y en 2001 se produce la liquidacion de la entidad bancaria pasando todo al fideicomiso. Mi pegunta es si dicha dueda esta prescripta, o si por el contrario el traspasar la cartera al fedicomiso en liquidacion (al publicarse los edictos) opera como interrupcion de la prescripcion.
Gracias.
Neriucha
Gracias.
Neriucha
neriucha
