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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #386606  por Cecine
 
NECESITARIA SABER SI ES CORRECTO QUE SE LE PAGUE EL BENEFICIO PREVISIONAL DESDE LA FECHA DE CESE DE LA ACTIVIDAD LABORAL Y NO DE LA FECHA EN QUE SE SOLICITO LA JUBILACION (ANTERIOR).
GRACIAS.-
 #386613  por chiqui79
 
si es un trabajador que tenia que tener el cese para percibir es correcto. por ejemplo docentes, choferes, etc.
Que actividad tenia???
De privilegio???
 #386620  por Cecine
 
Es chofer de colectivo De donde surge tal restricción MUCHAS GRACIAS!!!!!!
 #386625  por chiqui79
 
del regimen privilegiado. La ley no se pero habria que buscarla, yo solo se que es asi. viste que adivine la profesion??? me voy a dedicar a tarotista, por ahi me va mejor.
jajajaj
saludos!!!!!!
 #386660  por negro82
 
surge del decreto y de la ley de jubilaciones en el articulo que prevee los diferenciales que no recuerdo bien el nro.
Es así xq la ley te da l opción de continuar en actividad hasta obtener el beneficio. Si vos presentas el cese antes de obtener el beneficio o lo estas prorrateando con ss. comunes y los diferenciales son anteriores a estos el calculo es desde que se inicia el expte.