Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DONACION EN EL DIVORCIO - NACIMIENTO POSTERIOR DE HIJOS

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #382644  por essy68
 
NECESITARÍA QUE ME AYUDEN CON ESTE TEMA: la Sra. A recibió un inmueble a título gratuito de parte de sus padres, esta disposición fue tomada por ambos padres en la oportunidad de hacer la liquidación y partición de la sociedad conyugal en el procedimiento de divorcio por presentación conjunta que prescribe el art. 236 CC.
Ahora su padre murió, y tiene hermanos de un segundo matrimonio de su padre que nacieron con posterioridad a la inscripción del inmueble a su nombre en el registro de la propiedad. La duda es si tiene que iniciar la sucesión de su padre y denunciar el inmueble o si tiene la obligación de colacionar el mismo a favor de sus medio hermanos.-
 #382677  por CARLOSPATRICIO
 
Entiendo que si, es un bien colacionable, pero si aun no lo fuere por via de colacion, por accion de reduccion por el art 1138 CC, el heredero-donatario podria ser pasible de una accion de reduccion por que la donacion excederia la porcion disponible del causante, a los fines de que las legitimas de los restantes herederos sean integradas



Art. 1.832. La reducción de las donaciones sólo puede ser demandada:

1° por los herederos forzosos que existían en la época de la donación; empero si existieren descendientes que tuvieren derecho a ejercer la acción, también competerá el derecho de obtener la reducción a los descendientes nacidos después de la donación;