Hola !!!.
Les consulto a quien pueda ayudarme por el plazo de prescripción para cobrar la comisión de una inmobiliaria por su intervención en la venta de una propiedad.
Leí el art. 851 del Código de Comercio y dice 2 años desde que concluyó la operación. O sea, puedo contabilizar el plazo desde el momento en que se escrituró o debe ser desde el momento del boleto?.
Esto es en Pcia. de Bs. As. y a mi cliente le dijeron que el plazo es de 5 años... no sé de donde lo sacó, pero me ayudaría si me confirman si es como yo digo (o sea, 2 años).
Gracias !!!!
Les consulto a quien pueda ayudarme por el plazo de prescripción para cobrar la comisión de una inmobiliaria por su intervención en la venta de una propiedad.
Leí el art. 851 del Código de Comercio y dice 2 años desde que concluyó la operación. O sea, puedo contabilizar el plazo desde el momento en que se escrituró o debe ser desde el momento del boleto?.
Esto es en Pcia. de Bs. As. y a mi cliente le dijeron que el plazo es de 5 años... no sé de donde lo sacó, pero me ayudaría si me confirman si es como yo digo (o sea, 2 años).
Gracias !!!!
Rubia

