Marysil, tenés que ver cuanto exceso de edad tiene la Sra, por lo que comentás en tu caso tiene 4 años y 6 meses de exceso, esos los contás para reunirle los 30 años que necesitás.
Así que te faltarían 25 años y 6 meses que tenés que incluir en moratoria. Para ello tené en cuanta que le podés declarar servicios a partir de 01/1955 o desde que cumple los 18 años (lo que sea posterior). También es importante ver si la persona es extranjera o no, ya que si lo fuera podrías incluir en moratoria unicamente periodos desde el mes siguiente al de su ingreso al pais.
Para el SICAM como te toma el mes completo, comenzás desde el mes siguiente a aquél en el cual cumplió los 18 años de edad, y hasta que le reunas los 25 y 6 meses que te mencioné.
Si no tiene ningún aporte, vas a tener un cese anterior al 93, asi que te corresponden 7 años por Declaración Jurada, que los aplicas como beneficio en SICAM, en los recuadros inferiores a donde le cargas la situación de revista.-
Para los beneficios en todas las jubilaciones tomá en cuenta que estos periodos son los más caros, asi si los podes aplicar en estos la cuota de moratoria es un poquito menor:
6/77 - 9/80
4/84 - 9/91
10/80 - 3/84
Bueno, vos armalo y cualquier cosa a tu disposición! Suerte!
La vida es aquello que nos sucede, mientras nos empeñamos en hacer otros planes...John Lennon.