Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sucesión del hijo de primo hermano

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #379463  por abogado03
 
Hola:Quisiera confirmar si está bien mi postura de que el hijo de un primo hermano premuerto del causante (que no tiene más herederos que un primo hermano) no tiene derecho a la sucesión por lo que establece el art . 3560 del C.C. que dice que en línea colateral, la representación solo tiene lugar a favor de los hijos y descendientes de los hermanos....-Muchas Gracias
 #379645  por poorlaw
 
Coincido con tu apreciación: entre colaterales solo los sobrinos del causante tienen derecho de representación para concurrir con sus tíos.

Saludos.