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  • venia judicial supletoria mujer que no quiere asentir!!!

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 #369662  por Aboga1555
 
Hola a todos.

Que consejos me darían para iniciar un procedimiento como el de marras.-

Sé que se inicia el expte. "xxx c/ xxx s/ autorización para vender". Pero resulta que hay un juicio divorcio que aun no se ha cerrado.-

No correspondería meterse en el divorcio y solicitar la venta del rodado, justificando la urgencia de la operación.-

Saludos a todos y gracias.-
 #369675  por chiqui79
 
La sociedad conyugal se disuelve con el divorcio decretado, si no lo esta el bien sigue siendo propio de los conyuges (y no ganancial), la ganancialidad se adquiere con la disolucion de la sociedad conyugal, no antes. Por eso se requiere el asentimiento y no el consentimiento. Ver al respecto ley 11357 art. 5 y 6 en donde se habla de los bienes propios y explica los alcances. Con lo cual procede la accion de venia judicial para obtener el asentimiento del otro conyuge. Lo que tenes que alegar es conexidad con el divorcio y las razones de la negativa para que el juez rechace la venta. y/o solicitar alguna medida cautelar respecto del 50% del bien en el divorcio para trabar la venta.
Esa es mi opinion.
espero haberte sido util
 #369697  por Aboga1555
 
muchas gracias.-

El tema es que este sr. quiere vender su rodado para, poniendo algun dinero encima, comprar otro mejor, y se ve bueno el negocio.-

El problema es que si el hace eso, como bien dices, al momento de disolución del la soc. conyug., se formaría la masa con este nuevo rodado

pero de mayor valor, siendo que estan separados hace años, y por ende la sra. que no quiere asentir, no participó en el dinero "puesto

encima" como para darselo en ganancial a posteriori.-

Que opinas, al momento de disolución justifico ese mayor valor puesto como producto del esfuerzo unipersonal del sr., amenanzando con

imputarle enriquecimiento ilícito a la sra. si persisten en reclamar el rodado por 50% como si hubiere hecho esfuerzo comun conyugal?

Gracias colega.-
 #369769  por martinhm77
 
Hola, lo unico que digo, y para sumar algun aporte respecto a lo dicho por chiqui, que no confundamos bienes propios, con bienes gananciales cuya administracion esta en manos del conyuge titular de dominio... si compró el vehiculo estando casado es ganacial de su administracion, no propio, por mas que, eso si (como dice la colega) dicha ganancialidad no se actualice o determine hasta la disolucion del vinculo.-
Saludos
 #369812  por chiqui79
 
muy bien aclarado martin!!!!!! me falto ese detalle. igual creo que al amigo no lo estamos ayudando aunque se dio una buena discusion. Adentremos mas en el caso.
Aboga1955 lo que consultas ahora es diferente de lo que preguntaste al inicio. estoy de acuerdo con imputarle el enriquecimiento ilicito (que tendras que probar) por el incremento del valor del automovil, pero le va a corresponder el 50% del vehiculo anterior. y solamente no concurre por la mejora. Se entiende??
Busca fallos de bienes anomalos o (llegado el momento) pedime jurisprudencia que te paso. hay mucha tela para cortar.
Igual tene en cuenta de aclararselo muy bien al cliente que no sabes como le va a salir, porque despues vienen con reclamos!!!!!!!!! y dentro de lo posible hacele firmar una notita de que recibio tu consejo de esperar hasta el divorcio.
Saludos.