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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #368359  por silvinapaola
 
Hola a todos! mi consulta es la siguiente: puede una persona, ceder sus derechos previsionales, a otra, para q esta ultima a su muerte cobre su pension?
En el caso, es un nieto que vive con su abuelo que es jubilado y quiere saber si puede dejarle el dia de mañana la pension a su nieto
Agradeceria sus respuesta, soy nueva en el foro
Saludos!
 #368475  por franciscana
 
Hola:
Ojalá se pudiera, pero no es posible.- Fijáte en el art. 14 de la ley 24241 donde habla de los "caracteres de las prestaciones" y establece por un lado en su inciso a) que "son personalísimas y solo corresponden a sus titulares" y el inciso b) donde determina que "no se pueden enajenar ni ser afectadas a terceros por derecho alguno".-
Suerte
Haydée
 #368886  por LISIA
 
Silvina Paola, la ley 23.570, en su art. 1º menciona a los nietos, fijate los requisitos que tienen que reunir. espero te sirva de ayuda, o que opinen los que mas saben, que son muchos en el foro.
 #369353  por fabidoc
 
Nieto huérfano de padre y madre. Obvio, si es menor de edad. Caso contrario,no.
 #369996  por lgaray
 
Requisitos para pensión por fallecimiento. Directa o Derivada. LEy 24241
 #370359  por franciscana
 
Hola:
Estaban preguntado por una CESION o leí mal????
Ahora, si lo que necesitan es saber si los nietos tienen derechos a los beneficios de sus abuelos, hay que replantear la pregunta, no les parece?
Haydée