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  • Notificacion expresa

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 #368115  por ariel2020
 
Estimados, queria consultarles por el significado legal de la expresion "notificacion expresa". Esto, visto en el contexto de un contrato que especifica lo siguiente:

"El presente contrato tiene una duracion de X meses, pudiendose rescindir unilateralmente y sin causa, para lo cual es de estricta necesidad la notificacion expresa en un plazo de Y dias".

Vale por "notificacion expresa" un comunicado verbal?
Notificacion expresa es lo mismo que "por escrito"?.

Muchas gracias de antenamo, y felicitaciones por el portal!!!. Me ha servido muchas veces, aunque esta es la primera vez que posteo aqui.

Saludos,
 #368287  por chiqui79
 
yo entiendo por expresa indubitable y que pueda ser comprobada, lo haria por escrito aunque no es lo mismo. buscaria la seguridad juridica de la rescision con independencia del significado de "expresa".
Saludos
 #368391  por blas
 
Entiendo que por expresa quisieron decir fehaciente. Ello se logra a traves de Carta Documento. Saludos.
 #368429  por Olicam
 
Hola Ariel: Coincido con Blas y Chiqui, yo optaría por un medio escrito como ser la Carta Documento, descartaría la verbal, por ser un poco más "engoroso" de probar, llegado el caso.
Notificar en forma fehaciente, vale decir que quede constancia indubitable de su realización.
Saludos
 #368553  por ariel2020
 
Gracias a todos por las respuestas!!!.

Esta duda surge a partir de un contrato en el que una de las partes (yo) decidió unilateralmente dejarlo sin efecto, y en su momento se lo comunique verbalmente a la otra parte. Paso el tiempo...y bueno, surgieron los reclamos.

Ahora está claro que me hubiera evitado dolores de cabeza si lo notificaba mediante carta documento...peeeeero, la verdad que en aquel entonces, y por el tipo de vinculo que existia, ni se me cruzo por la cabeza. Es por eso que ahora queria quitarme esa duda.

Algunos me dijeron que una notificacion expresa bien puede ser verbal, aunque claro, como me decian Uds. es dificil de probar. De todas formas, y si omitimos el hecho de si es o no conveniente...no es que se de por entendido que "notificacion expresa" se refiere a "por escrito" verdad?

Saludos a todos!!!.
 #368555  por chiqui79
 
expresa se refiere a comunicada. y por ello... como vas a probar que la comunicaste???? solo por medio escrito. aunque si paso el tiempo y no reclamaron... yo tambien pediria presuncion de aceptacion. Hay que analizar el caso con detalle y el tipo de contrato tb.
saludos