Hola a todos. Para jubilar x sicam a 1 hombre de 74 años de edad, es decir 9 AÑOS DE EXCESO DE EDAD q se computan como 4 años y medio de servicios, ¿cuàl es el beneficio, es decir la ley q computa 2 años de exceso de edad x 1 de servicios? Gracias. Mariana
cordialmante, Mariana
