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  • Nulidad o Redargucion de Falsedad??

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 #360475  por pampa
 
Buenas tardes a todos.
El tema es asi: en una sucesion que estoy tramitando, me agregaron un escrito firmado ante un juez de paz. Por ese escrito mi clienta hace una donacion a un tercero de un inmueble (demas esta decir que mi clienta creyo que firmo otra cosa, y fue el mismo dia que velaban a la madre).
Es decir, por medio de un escrito certificado por un juez de paz, me intentan hacer valer una donacion en una sucesion.

Yo no discuto ni las firmas, ni el juez, solo que el Cod. Civil establece que las donaciones de inmuebles deben hacerse por escritura publica.
Por lo que plantee la nulidad, por incidente. La jueza esta empecinada en que "acuda por la via correspondiente", y me queda apelar en estos dias.

La nulidad no la pedi yo, represento a una de las partes que intervinieron en el acto nulo, sino la pide un colega, que representa a un hombre al que mi clienta le cedio los derechos hereditarios sobre ese bien inmueble en cuestion.

Uds. hubieran planteado la nulidad o la redargucion???.
Aclaro, no ataco la veracidad del instrumento publico, sino la validez, considero que el instrumento publico firmado ante juez de paz es NULO, de NULIDAD ABSOLUTA (como donacion de bien inmueble) por no ser hecho en escritura publica.

Agradecre sus opiniones.
Saludos a todos.
 #361024  por docthos
 
se trata de una nulidad como bien decis no estas atacando el instrumento, ademas es uno de los pocos casos que quedo de nulidad refleja, ya que sin la escritura el acto es nulo de nulidad absoluta, para mi hiciste perfecto en ir por incidente de nulidad, no se porque te responden eso, te quedaria preguntarle a quien despacho eso cual seria la via correcta, no es redargucion, es un supuesto de nulidad absoluta avisa como te fue, saludos
 #361222  por pampa
 
Fugitiva: Firmaron ante juez de paz. Hicieron un escrito, la otra parte le dijo que era para administracion de una casa que tienen en el interior de la pampa. Pero dice "cede en donacion a la Sra. ....".
Todo certificado por el juez de paz del lugar. El juez de paz certifico las firmas digamos.

Docthos: Hoy presentamos la apelacion. Que sea pato o gallareta.
El que hablo es mi colega. Yo represento a una de las partes demandadas (que estoy interesado en que salga la nulidad, la gente a veces firma cosas que ni sabe que esta haciendo), la hija de la heredera, por lo que no puedo ir al juzgado hasta que me corra traslado.
Le dijeron que tiene que ir por una accion autonoma de nulidad.
Me trastoco lo aprendido en mi querida facultad de Buenos Aires, pero bueno. Tengo entendido que las cuestiones referentes sobre bienes del acervo hereditario van por incidente.
Despues veremos si seguimos con el recurso, y de ser asi les comento que paso cuando tenga sentencia de camara.

Gracias a todos.

Saludos