Hola a todos!
se me planteo un caso que si bien parece sencillo me ocasionó algunas dudas. detalle:
señor nacido en agosto del 47
8 años 6 meses como peon rural comunes
11 años 6 meses como tractorista comunes
9 años 6 meses como chofer 1º camion de carga especiales ley 20740 art1
dudas:
1. hago valer primero los años especiales y luego los comunes, o sigo el orden cronológico, tal cual lo expuse?
2. además de la certificación de ss. de los especiales debo acompañar otra cosa para acreditar su condicion de chofer de carga?
3. según mi calculo manual podría jubilarse años 61 años y 2 meses, o sea estaría en condiciones de hacerlo.
mil gracias a todos!!!
se me planteo un caso que si bien parece sencillo me ocasionó algunas dudas. detalle:
señor nacido en agosto del 47
8 años 6 meses como peon rural comunes
11 años 6 meses como tractorista comunes
9 años 6 meses como chofer 1º camion de carga especiales ley 20740 art1
dudas:
1. hago valer primero los años especiales y luego los comunes, o sigo el orden cronológico, tal cual lo expuse?
2. además de la certificación de ss. de los especiales debo acompañar otra cosa para acreditar su condicion de chofer de carga?
3. según mi calculo manual podría jubilarse años 61 años y 2 meses, o sea estaría en condiciones de hacerlo.
mil gracias a todos!!!
laugo
