Hola a todos tengo una clienta que me vino a consultar para hacer un reajuste. La señora se jubiló el 08-04-99 por la Ley 24241, el haber inicial fue de $371,62 (un poco más del doble de un haber mínimo de esa época). Actualmente se encuentra percibiendo el haber mínimo de $770. La señora cree que le corresponde el reajuste ya que aporto 32 años al sistema previsional además que su haber inicial duplicaba al haber minimo de la época de otorgamiento del beneficio.
Me puse a analizar el caso a la luz de la jurisprudencia de la CSJN y veo que no le aplica el fallo "Sanchez" (ya que según entiendo este prevé indices de actualización hasta el 31/10/95) y tampoco le aplica el fallo "Badaro" (ya que su haber actual es menor a $1000). Mi duda es si hay algún otro índice de actualización que le aplique a esta señora o no tiene derecho al reajuste?
Si alguno me puede dar una mano para poder desentrañar este caso se los voy a agradecer.
Saludos y muchas gracias.
Julio.
Me puse a analizar el caso a la luz de la jurisprudencia de la CSJN y veo que no le aplica el fallo "Sanchez" (ya que según entiendo este prevé indices de actualización hasta el 31/10/95) y tampoco le aplica el fallo "Badaro" (ya que su haber actual es menor a $1000). Mi duda es si hay algún otro índice de actualización que le aplique a esta señora o no tiene derecho al reajuste?
Si alguno me puede dar una mano para poder desentrañar este caso se los voy a agradecer.
Saludos y muchas gracias.
Julio.
