Gente, necesito vuestra ilustrada opinion sobre lo siguiente;
2 juicios ejecutivos en provincia bs as, "ganados" con sentencia definitiva del año 1998, ocurre que el deudor lo unico que tiene es una casa como bien de familia, "constituido" con anterioridad a la deuda (o sea no se puede desafectar, si bien los embargos entraron, pero obviamente no se puede ejecutar, la pregunta es:
Puedo seguir renovando o es inutil ya que me prescribio la ejecutoria?
podre argumentar que es el unico bien registrable que tiene y al estar como bien de flia no pude realizar el bien, esto como fundamento de razon por la cual paso tanto tiempo?
?
busque jurisprudencia como loco pero no encontre nada especificio, y los abogados que consulte....ufff ya fue me dicen!!
a mi mepa que tambien, pero por ahi alguien sale con algo de la galera
yo pago el asado
muchas gracias y saludos a todos
2 juicios ejecutivos en provincia bs as, "ganados" con sentencia definitiva del año 1998, ocurre que el deudor lo unico que tiene es una casa como bien de familia, "constituido" con anterioridad a la deuda (o sea no se puede desafectar, si bien los embargos entraron, pero obviamente no se puede ejecutar, la pregunta es:
Puedo seguir renovando o es inutil ya que me prescribio la ejecutoria?
podre argumentar que es el unico bien registrable que tiene y al estar como bien de flia no pude realizar el bien, esto como fundamento de razon por la cual paso tanto tiempo?


busque jurisprudencia como loco pero no encontre nada especificio, y los abogados que consulte....ufff ya fue me dicen!!
a mi mepa que tambien, pero por ahi alguien sale con algo de la galera

yo pago el asado



muchas gracias y saludos a todos