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  • medida cautelar x accidente de tránsito

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 #340771  por castelopablo
 
Inicié un expediente por accidente de tránsito y para garantizar el cobro del siniestro solicité un embargo preventivo pero me lo denegó el juzgado, por falta de verosimilitud en el derecho, por tal motivo solicité una anotación de litis, puesto que los requisitos de esta medida cautelar es menos exigente. Conclusión también me lo denegaron.
El problema es que la camioneta del demandado es su único bien y si corro el traslado de la demanda la va a vender y no lo voy a poder cobrar más.
Qué solución puede haber para este caso?, puesto que está probado el peligro en la demora.
Cómo puedo hacer para que me acepten una medida cautelar?
 #340864  por marcello
 
Acompaña como pueba de verosimilitud del derecho invocado copia certificada del expediente penal. Va a ser muy importante la declaracion de los testigos en dicha sede, que digan que el conductor de la camioneta fue el responsable...
 #340876  por inviguiatti
 
Solo es un Tip (consulta con alguien que sepa bien penal o en el foro):
Si le notificas la demanda y el tipo la vende no habria insolvencia fraudulenta???

repito es solo un dato para analizar,
saludos y suerte
 #341218  por CARLOSPATRICIO
 
Es procedente el embargo preventivo decretado sobre la base de una sentencia de sede penal, ya que resulta viable la medida precautoria en la acción de daños y perjuicios originados en un hecho ilícito y aunque no exista suma líquida, quedando así evidenciado el derecho invocado.

CC0101 MP 75460 RSI-18-90 I 15-2-1990

CARATULA: Coppens, Luise c/ Ale, Manuel s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Spinelli - Libonati - De Carli




Civil y Comercial
B1401034



Civil y comercial
B950129


Daños y perjuicios - Medidas cautelares
Sumario 3 de 22

El embargo preventivo no procede, en principio, en la acción de daños y perjuicios, siendo admisible sólo cuando media condena criminal contra el responsable o se haya acreditado debidamente la verosimilitud del derecho o el peligro en la demora.

CC0000 DO 68035 RSI-22-93 I 25-2-1993

CARATULA: Del Castillo, Julio c/ Speranza, Francisco s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Eyherabide - Pegenaute




Civil y comercial
B1401645


Embargo preventivo - Procedencia
Sumario 4 de 22

La sola circunstancia de que el demandado haya comenzado a enajenar u ocultar sus bienes no configura el supuesto del art. 209 inc. 5° CPC, pues dicho precepto exige además que se trate de una deuda cierta sujeta a plazo o condición, por lo que si el pedido de embargo se formuló al iniciar un juicio de daños y perjuicios de fuente extracontractual, ya no es posible encajarlo en las previsiones de aquél artículo.

CPCB Art. 209 Inc. 5

CC0102 MP 96923 RSI-266-96 I 11-4-1996

CARATULA: Consorcio Edificio Santiago del Estero n° 2039 c/ Sicurello, Daniel s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Oteriño-Dalmasso-Zampini



















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