Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Produccion de prueba. Conviene desistir alguna?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #340115  por martins
 
Daños y perjucios por accidente de transito en Capital, en etapa de prueba, por la actora.
Tengo unas dudas respecto al ofrecimiento de prueba y a la importancia o no de producira.
Por ejemplo, acompañe 4 presupuestos por los daños materiales sufridos por el vehiculo y en la prueba solicito se libre oficio a los respectivos talleres para que informen si los mismos son autenticos. Tambien solicito otros oficios por cuestiones similares.
La demandada solo hizo negaciones genericas al respecto, no nego la veracidad de los presupuestos o de otras cosas.
Mi pregunta es, es necesario e influye en el resultado del pleito, diligenciar todos los oficios que pedi y que ahora fueron ordenados? o puedo desistir de ellos? El tema es que son muchos, puden demorar mas el pleito y no se si seran de utilidad.
Otra duda: En caso de diligenciarlos, como se hace, ya que no puedo anexar el presupuesto original al oficio.
Gracias.
Gracias.
 #340160  por CARLOSPATRICIO
 
Si los oficios los pediste como prueba supletoria "para el caso de decsconocimiento del documento" y el mismo no fue desconocido por la demandada, no tiene sentido el diligeniamiento de las mismos, ya que entrarian a actuar solo si los dcumentos fueron negados.
Yo presentaria un escrito desistiendo de la prueba de informes.-
 #340231  por BRENDITA
 
yo soy de la prov. de sta. fe, acá en esa clase de juicios cdo. se trata de documentos privados x ej. presupuestos, certificados médicos, se debe pedir la prueba de reconocimiento de documental y no informativa, el hecho q no te hayan desconocido esa documentación no te exime de probar su autenticidad.
 #340847  por Norri
 
Coincido con Brendita. Es más seguro diligenciar los oficios. En cuanto a no disponer los originales para acompañarlos, una vez hice reconocer la redacción de pagarés por parte de un escribano de extraña jurisdicción con fotocopias certificadas por el juzgado, y me lo dieron por válido. De todos modos, con una fotocopia certificada, quien hizo el presupuesto lo va a reconocer. Y lo que no puede -entiendo yo- la contraria, es negar el reconocimiento hecho por oficio, ya que no negó la autenticidad de la documentación en la etapa procesal oportuna.
Saludos}
Norri
 #340904  por CARLOSPATRICIO
 
Claro por que en ciertos codigos la falta de negacion del documento no tiene por efecto que los mismos queden reconocidos, sino que se genera una presuncion de verdad sobre sobre su autenticidad, siendo facultativo del juez acordarle al silencio el caracter de reconocimiento.
 #341379  por NM
 
De todos modos creo que 4 presupuestos si son por reparacion de vehiculo es innecesario. Recorda que despues el perito mecanico va a decir el valor estimativo de la reparacion y el valor en plaza de esta.
 #341380  por NM
 
A lo sumo diligencia el del presupuesto mas alto y los demas desistilos.