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  • caducidad de instancia en proceso sumario

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 #339718  por satur06
 
Hola!!!!!!necesito alguna opinion sobre caducidad de instancia en proceso sumario prov. de buenos aires. El tema es que inicié una demanda por ds y ps y de la misma hubo reconvencion. Desde hace casi 5 meses de esta famosa reconvención y tambien excepciones no me corren traslado., es decir que el expediente esta paralizado por este motivo. Yo no quiero contestar espontaneamente por que no logro nada, dado que las excepciones en cierta forma no me favorecen.
Planteo...........puedo pedir caducidad de instancia para perjudicar o beneficiarme con la misma en proceso sumario. Pero no quiero que se decrete el fin dle proceso, solo que de la reconvencion y las excepc. queden fuera!!!!!!!!!se entiende? Gracias.
 #339724  por palo2006
 
Mirá, estoy seguro que si decretan la cauducidad de instancia es por todo el proceso, o sea que no te conviene. Y creo que la única solución es que contestes espontáneamente porque el Código no prevee sanción alguna por la demora en el traslado. De todas maneras de esto no estoy tan seguro. Saludos
 #339814  por vickysiro
 
La caducidad de instancia es un instituto cuyos efectos se producen a todo el proceso, la unica forma en que solo la contestacion y excepciones quedarian "fuera" del juicio es si se hubieran presentado las mismas fuera del plazo legal.
Respecto a la caducidad de instancia recorda que fue modificado el CPCCBA y hoy se corre traslado a la otra parte quien con una acto oficioso hace q tu presentacion sea en vano
suerte
 #352521  por Eugeniadom
 
Buenos dias.

La caducidad ataca en disfavor de quien dejo paralizado el proceso por el tiempo prescripto por el CPCC.

Si vos demandas y corres traslado de la misma, y la contraparte reconviene y/o presenta excepcion, es este ultimo quien con esa chicana quiere dejarte en espera.
Mi opinion es que primero pidas la caducidad de instancia de el acto del demandado y que desglosen su escrito del expte y se lo tenga revelde por cumplimiento de plazo, y contestar subsidiariamente su reconvencion y excepciones planteadas. En este caso te resguardas de todo.-