les hago una consulta amigos..me llama un perito q le regularon honorarios..en una causa comercial, tieene q notificar al perdido la cedula la firma el o yo cmoo letrado? gracias
recordá q el perito puede cobrar los honorarios a cualquiera de las partes sin importar quien ganó, obvio q 1º se trata de ir contra el perdidoso pero si este no tiene con q pagar puede ir contra el ganador, debe notificar tanto al q quiere q pague en su domicilio real y tb. en el legal xq su apoderado puede apelar los honorarios.
muchas gracias muy buena la info q me pasaste..el perdidoso es la afjp del Banco Nacion asi q notifico al domi legal y al constituido, todo el tramite lo puede hacer el perito..hay algun beneficio de que lo haga yo, es decir q firme yo la cedula? muchas gracias brendita una genia.