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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #331080  por AIC
 
Foristas,
Consulto lo siguiente, puedo realizar una JAAP (con moratoria) y una pension por fallec. (el causante no tenia moratoria), a la vez por internet, todo para iniciar ahora, lo que me esta faltando es la ADP. Se concretamente que a partir delñ 26/10/2006. no se puede iniciar una jub. si ya posee otro beneficio. Agradecere sus respuesta.
Espero haber sido explicito.
 #331089  por Esclale
 
Hola

Podes iniciar pero la moratoria la tenés que pagar contado, o bien con todas las cuotas saldadas al momento del inicio.
En cuanto al ADP tenés que hacer el del titular, y del fallecido, acreditando con partida de fallecimiento, matrimonio, etc.
Espero haberte sido útil.
 #331090  por Esclale
 
Hola otra vez... olvidé decirte que por internet no vas a poder iniciar ( deuda cero no se inician por internete)...además consejo....mejor presentala por carpeta.....si ya la iniciaste por internet, pedí el código de error...
 #331091  por AIC
 
Gracias por contestar, se concretamente que la ADP lo tiene que hacer en forma personal y con toda la doc. de titular y fallec. lo que pasa es que quizas si inicio primero la JAAP, y luego que este acordada, puedo iniciar la pension?, para no tener que pagar toda deuda de contado.?
 #331104  por coni
 
Hola, no se si te sirve pero yo tuve un caso parecido: inicié la jubilación con moratoria previo a solicitar la pensión, la Sra. ya era viuda, una vez otorgada la jubi inicié la pensión directa y la semana pasada la aprobaron.-
Saludos
 #331119  por almabal
 
Si la Sra. quedó viuda con posterioridad al 24/10/2006 no puede hacer moratoria. Conozco el caso de una sra. que enviudó y esperó a jubilarse y luego hacer la pensión derivada y le condicionaron el otorgamiento de la pensión a la cancelación de su deuda.
 #331161  por nechi
 
Teno un caso muy parecido y no se que hacer:
Mujer enviudo en 01/2009, el marido estaba activo , cumple con regularidad, incluso tiene mas de 30 años con aportes. Ella tiene mas de 60 años por lo que se me ocurrio gestionarle los 2 beneficios.Como para estionar la jubilacion con moratoria iene qu pagar todo de contado si esta pensionada se me ocurrio hacer a la iversa, gestionarle la jubilacion por moratoria y una vez aprobada stionarle la pension. Se puede hacer ? Que opinan ?

saludos

nechi
 #331171  por AIC
 
Si justamente no estoy seguro de que se pueda realizar, por eso la cuestion, yo realice una jubilacion a una viuda reciente, pero el tema es que solo tenia dos años para comprar con moratoria y se pago de contado, y le salieron los beneficio juntos. gracias por responder.
 #331254  por carlos74
 
Q tal gente si, le gestionas la jubilación primero con moratoria y después la pensión no habría problema yo inicie varias y hasta el momento no tuve problemas
 #331356  por AIC
 
Hola Carlos, seguros es asi? disculpame no quiero equivocarme, ya que sino solo le gestiono la pension que es lo que va a cobrar el haber en su totalidad, le doy mas datos, la sra tiene 63 años sin aportes, ingresaria por web, y el esposo jubilado fallecio en febrero de 2009. Alguien mas???? Gracias.
 #331797  por andrea37
 
Primero jubilación y luego pensión. Con o sin moratoria una o ambas. La restricción es jubilación para los que tienen pensión, no a la inversa. Lee la circular 34/08 que explica las excepciones. Saludos!