Ante todo pido perdón a los colegas si mi pregunta es demasiado básica, pero sinceramente tengo una duda grande desde hace mucho tiempo, y quisiera finalmente que alguien me la despeje. Tengo un cliente comerciante minorista, generalmente me trae para su cobro, pagarés, pero cada tanto en tanto vuelve a la carga con remitos firmados por mercaderías que ha vendido en cuenta corriente y de las cuales tiene la factura (ya que no se la han abonado) y el remito firmado (de cuando entregó la mercadería). Mi consulta es la siguiente, podría yo, sin pleito previo, pedir la quiebra del deudor con la sola tenencia de esos documentos y poniéndolo en mora mediante una carta documento previa donde le comunico que ante la falta de pago de la factura y el remito, denotando de esta manera la insolvencia del mismo, procederé a pedir su quiebra?
Desde ya muchísimas gracias a todos!
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