Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • jubilado ex afjp

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #327015  por ANRU
 
agradeceria orientacón.Un jubilado por invalidez por una ex afjp, actualmente cobra $207 , en anses me informaron que a el por ser de clase 1966, no le corresponde mejora en el haber jubilatorio para que perciba la minima, esto se debe porque nunca aporto al regimen publico. el Sr. tiene 4 hijos y una invalidez del 80%, pero como tiene beneficio previsional, tampoco puede acceder a una pension no contributiva, que hacer? desde ya muchas gracias.
 #327051  por celiaEsc
 
Hola: la pensión no contributiva para discapacitados, es mayor que lo que le dan por RTI, y es verdad que no se merece más de lo que recibe, por la cantidad de aportes que hizo.
Lo mejor sería tramitar la pensión por discapacidad - no contributiva- alegando que ésta es mayor a lo que recibe, estamos hablando de más del doble. Tiene derecho a renunciar y elegir algo más beneficioso. si no se lo aceptan, se puede presentar un amparo. Pero se puede optar por el régimen más beneficioso...saludos
 #327210  por ANRU
 
celia, muchas gracias. En CNPA y en ANSES me informaron que es requisito para acceder a una pension no contrib. por invalidez no tener derecho a una prestacion dela seguridad social, y que como manda el 14 bis de la CN los beneficios de la seguridad social son de caracter integral e irrenunciable. De donde me agarro? si conoces de alguna jurisprudencia, te agradeceria que me la hagas conocer., se podria pensionar o jubilara la esposa o algun otro beneficio, ella tiene 37 años pero o trabaja o cuida a sus 4 hijos y su marido impedido fisicamente. porfa ayuda.....!
 #327263  por celiaEsc
 
Entiendo, sabía ese detalle del 14 bis, pero eso ¿puede perjudicar a una persona que está padeciendo por una medida que lo deja en la indigencia? Porque con la contributiva ganaría 600 ¿verdad? o ¿aumentó?
De palabra te deniegan todo, pero si vos presentás algo razonable, en un amparo, podría ser aprobado. Te voy a buscar algo, saludos
 #327300  por ANRU
 
celia, te estaria muy agradecida si me das una mano. desde ya muchas gracias.
 #327332  por celiaEsc
 
HOLA ANRU: Te analicé unos fallos de la Corte,que te van a ayudar a formar una convicción, luego te los paso por mp y se los envío a ANDREA, para que los suba al foro.
En general hablan de la arbitrariedad de no analizar un caso que merece ser valorado individualmente, vas a extraer de ellos muchos conceptos. aqui pongo mi resumen:
""Fallos de la corte que hablan sobre la opción por la prestación más beneficiosa"":

1) Dice que el art 37 inc 5 ley 18037 permite optar al beneficiario por la prestación más conveniente.
-Ver: B.1450.XXXIX. Bariain, Teresa Amaya c/ ANSeS s/ medidas cautelares

2) La corte considero que “”la anses no había considerado debidamente la concreta situación del caso, en especial las constancias del expediente que daban cuenta de las dificultades que presentaba la titular para procurarse el sustento por padecer oligofrenia, y que esto bastaba para poner en evidencia la arbitrariedad del acto administrativo impugnado...”””
-Ver: fallo alvez c PEN y otro CSJN

3) En otro fallo la actora, una nena. boliviana nac en 1989, ingresó a la argentina en 1999, padece de una incapacidad del 100% de nacimiento. Ante la negativa de las autoridades administrativas a concederle la pensión por invalidez art. 9 L 13.378, por no tener la residencia mínima de 20 años requerida para los extranjeros art. 1 DEC 432/97 los padres prsentaron una QUEJA ante la CSJN, quien invocando art. 75 inc. 22 CN, arts. XVI Declaración Americana de los D y Deberes del H, y también a la Corte Interamericana de DH, afirmaron que “en razón del carácter fundamental del derecho a la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo. En esencia el derecho fundamental a la vida comprende, no sólo el derecho de todo ser humano de no ser privado de la vida arbitrariamente, sino también el derecho a que no se le impida el acceso a las condiciones que le garanticen una existencia digna.
La corte consideró """inaplicable, por inconstitucional, en los casos en que se encuentren reunidos todos y cada uno de los restantes requisitos para acceder a la prestación por invalidez exigidos por dicho cuerpo legal se declaró admisible la queja y se revocó la sentencia apelada en cuanto fue objeto del agravio tratado..."" y se dispuso que se dicte un nuevo pronunciamiento…
-Ver: R 350 XLI Recurso de Heco R.A.D. c / Estado Nacional 04/09/2007 CSJN

Se analizó el caso de una pensión que anses denegó y la cámara aprobó.
Posteriormente, ANSES presentó un Recurso Ordinario, que finalmente, fue declarado desierto porque adujeron que ""los dec. que reglamentan el art. 95 de la ley 24241, no habían agotado todas las situaciones susceptibles de configurarse, hecho que había llevado a la jurisprudencia a adoptar soluciones que conjugaran la verdad jurídica objetiva, con el principio de justicia, que debía presidir la decisión del caso particular...""
-Ver: En el fallo C 3820 XL R.O. Canesini de Nuevo, Mirta c/ anses s / prestaciones varias.

O sea que el camino, como te había dicho, va por un amparo, o llegar a un recurso ordinario como los casos que te envío por mp. saludos