Estimados,
El caso es así: existe un Condominio de 180 unidades que no puede escriturar porque aún no están listos los temas de catastro (con suerte estarán en 2010). Esto imposibilita la conformación del Consorcio mediante Escritura Pública. El condominio se encuentra en Tigre, dentro de un Barrio Privado.
Sin embargo, si existe una Administradora, que es la que gestiona temas de expensas y mantenimiento. Alguno tiene idea qué jurisprudencia se debe aplicar en este caso? La consulta puntual tiene que ver con la forma en que los vecinos se comunican con la administradora y la potestad que tiene ésta de incurrir en gastos e inversiones sin previa consulta a todos los propietarios. Cómo se deberían canalizar los pedidos de los propietarios? Deberían armarse reuniones formales (tipo Asambleas) de las que todos estén informados? Puede un pequeño grupo subrogarse la representación de todos? Qué mayoría se necesita?
Mil gracias!
El caso es así: existe un Condominio de 180 unidades que no puede escriturar porque aún no están listos los temas de catastro (con suerte estarán en 2010). Esto imposibilita la conformación del Consorcio mediante Escritura Pública. El condominio se encuentra en Tigre, dentro de un Barrio Privado.
Sin embargo, si existe una Administradora, que es la que gestiona temas de expensas y mantenimiento. Alguno tiene idea qué jurisprudencia se debe aplicar en este caso? La consulta puntual tiene que ver con la forma en que los vecinos se comunican con la administradora y la potestad que tiene ésta de incurrir en gastos e inversiones sin previa consulta a todos los propietarios. Cómo se deberían canalizar los pedidos de los propietarios? Deberían armarse reuniones formales (tipo Asambleas) de las que todos estén informados? Puede un pequeño grupo subrogarse la representación de todos? Qué mayoría se necesita?
Mil gracias!