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  • Tracto abreviado. Devolucion expte. Solo con escrito?

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 #325496  por martins
 
En una sucesion en capital se transfiere por tracto abreviado un inmueble de Prov BsAs. La escritura esta proxima a realizarse.
Una vez transferido el inmueble, debo devolver el expte al Juzgado ya que lo tiene el escribano. Mi duda: Se debe agregar algo, por ej. copia de nueva escritura, datos del comprador o cualquier otra cosa, o simplemente devolver el expte. con escrito de devolucion.
Muchas gracias.-
 #325507  por martins
 
gaston ramiro gonzalez escribió:En los casos que yo vi / tuve, el expte. lo devolvió directamente el escribano. Es lógico ya que quien lo retira en préstamo a los efectos de escriturar es él. Y por otro lado, no ví nunca que dejaran constancia de la venta realizada. Saludos.
Gracias Gaston. En mi caso, yo retire el expte para entregarselo al escribano. Ahora yo lo devolvere ya que debo continuar. Se devuelve directamente sin hacer mencion alguna de la transferencia realizada?
 #325521  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola, MARTINS. 1º. Tenés razón, el préstamo se puede efectuar a las personas autorizadas y no sólo al escribano. Por lo tanto, si lo retiraste vos ( y seguramente consta en el libro respectivo ), lo tenés que devolver vos. Pero el escrito me parece innecesario. 2º. Acabo de fijarme en una suc. como la tuya ( de Capital, con inmueble vendido por tracto en provincia )y luego de la autorización para el tracto por parte del Juzgado, no hay más nada. Y es del 2007... Por otra parte, a efectos de qué habría que presentarlo en el expte. ? Un abrazo.
 #325559  por martins
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Hola, MARTINS. 1º. Tenés razón, el préstamo se puede efectuar a las personas autorizadas y no sólo al escribano. Por lo tanto, si lo retiraste vos ( y seguramente consta en el libro respectivo ), lo tenés que devolver vos. Pero el escrito me parece innecesario. 2º. Acabo de fijarme en una suc. como la tuya ( de Capital, con inmueble vendido por tracto en provincia )y luego de la autorización para el tracto por parte del Juzgado, no hay más nada. Y es del 2007... Por otra parte, a efectos de qué habría que presentarlo en el expte. ? Un abrazo.
Ok gracias gaston. No se, suponia que quizas habia que acreditar algo, que se hizo la operacion x ej.-