Hola foristas, tengo un cliente con boleto de cv por un inmueble cedido a un tercero y dos días después el tercero se lo cedió nuevamente a mi cliente. Las cesiones fueron en el ´95. Debería iniciar la escrituración antes que una usucapión corta?
La posesión la tiene mi cliente desde el momento de la firma del boleto en el ´90. La primer cesión la firmaron los cónyuges a favor del tercero (ya divorciados) y la segunda es sólo a favor de mi cliente.
Gracias!!
La posesión la tiene mi cliente desde el momento de la firma del boleto en el ´90. La primer cesión la firmaron los cónyuges a favor del tercero (ya divorciados) y la segunda es sólo a favor de mi cliente.
Gracias!!