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  • Hay novedades de los amparos para pensionadas?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #319244  por sebastianba
 
Hola chicos! aquí va mi insistente pregunta otra vez... alguien tiene novedades de cómo se están resolviendo los amparos para las pensionadas. Es que ahora tengo 2 esperando... y si alguien sabe cuál es el plazo para presentar el amparo desde la suspensión del pago del beneficio otorgado? O no hay plazo establecido por ley?
Gracias... y sigan colaborando!! :arrow:
 #320269  por cinti2
 
Hoy me notifiqué de la sentencia de cámara de un amparo que tengo, que salió favorable. Todo depende de qué juzgado o sala te toque. Si te toca el juzgado 2, te lo rechazan in limine y tenés que apelar a cámara. Si te toca el 4, te concede la cautelar. Los demás la rechazan. Respecto de la sentencia definitiva, el 5 y el 3 rechazan la acción, el 6, 7, 4, la conceden.
La Sala III hace lugar a los amparos y le impone costas a la anses, la Sala I los rechaza. Es cuestión de suerte.
Respecto del plazo, es de 15 días según la ley 16.886.
Saludos, Cintia
 #329231  por lia
 
hola, una preguntita puede iniciarse ahora el amparo siendo que se suspendio el pago en el 2007 o 2008? son 15 dias de notificados de la suspencion? la notificacion cuando seria? si por ejemplo la perosna nunca supo que se lo habian suspendido, y no fue al banco ni le avisaron que debia cobrar?? puede ir ahora la persona y asi notificarse?
otra pregunta, una vez que la camara dicta sentencia, cual es el camino a seguir?
muchas gracias!
 #329614  por AGDA
 
Alejandra Radua escribió:Cinti: y el 8 y 9? Justo tengo en estos que vos no mencionaste.
Y otra en el 3, que por lo que decíssssssssssssssssssssssssss
Tengo uno en el 9. No me concedió la cautelar, pero vía sentencia interlocutoria, hizo lugar a la pretensión de la pensionada. Sin embargo, concedió la apelación de ANSeS contra la interlocutoria con efectos suspensivo de modo que, hay que ver en que sala cae.

SAludos...
 #332737  por Alejandra Radua
 
AGDA escribió:
Alejandra Radua escribió:Cinti: y el 8 y 9? Justo tengo en estos que vos no mencionaste.
Y otra en el 3, que por lo que decíssssssssssssssssssssssssss
Tengo uno en el 9. No me concedió la cautelar, pero vía sentencia interlocutoria, hizo lugar a la pretensión de la pensionada. Sin embargo, concedió la apelación de ANSeS contra la interlocutoria con efectos suspensivo de modo que, hay que ver en que sala cae.

SAludos...
En el 9 el que tengo es de una pensionada que solciité que se pueda jubilar y abonar en cuotas. Aún no tiene iniciada la jubilación. Está a sentencia.
Anses en su contestación argumentó como si la sra. estuviera con la jubilación susupendida.
 #332768  por ariel648
 
olmedo357 escribió:Alguno fue a la corte?
A la corte no ha llegado ninguno y en los casos que interpusieron recurso extraordinario ante la CSJ te lo rechaza por el art 280 del C.P.C.C .
 #332789  por AGDA
 
Alejandra Radua escribió:
AGDA escribió:
Alejandra Radua escribió:Cinti: y el 8 y 9? Justo tengo en estos que vos no mencionaste.
Y otra en el 3, que por lo que decíssssssssssssssssssssssssss
Tengo uno en el 9. No me concedió la cautelar, pero vía sentencia interlocutoria, hizo lugar a la pretensión de la pensionada. Sin embargo, concedió la apelación de ANSeS contra la interlocutoria con efectos suspensivo de modo que, hay que ver en que sala cae.

SAludos...
En el 9 el que tengo es de una pensionada que solciité que se pueda jubilar y abonar en cuotas. Aún no tiene iniciada la jubilación. Está a sentencia.
Anses en su contestación argumentó como si la sra. estuviera con la jubilación susupendida.

Las contestaciones de ANSES son lastimosas. Copian y pegan y dale que va. Todas las respuestas son más o menos iguales. Tienen el formato y con eso responden todas las demandas. Casi como en el secundario, jajaja. Lo peor de todo es que los juzg les hacen lugar, porque en la mayoría no leen los exptes. Después se quejan de que el PJ está colapsado por la cantidad de expte, lo cual es cierto, pero en ello tienen mucha responsabilidad los jueces que hacen lugar a escritos, defensas y pretensiones ridículas por parte de la Administración. Después Lorenzetti termina arreglando con el PEN para que le den más presupuesto para nombrar 700 empleados judiciales, cuando lo que se necesitan son más jueces que lean los exptes. Estoy cansado que sean los empleados los que leen y resuelven los exptes. Los jueces atienden el 10% de los exptes del juzgado. El resto, bien gracias...., ah, me olvidaba, esos otros solo los firma.
Felices Pascuas..., el Pod Jud es un desorden!!!
 #333090  por olmedo357
 
Así es, te cuento que la semana pasada me pusieron el primer auto de un amparo sipa en un amparo por otra cosa. Cuando leí "no a lugar a la cautelar solicitada" y notifiquese a anses no lo podía creer. No había solicitado ninguna cautelar ni estaba demandando a anses. Al consultarle a la secretaria del juzgado me dijo, uhh!!! te pusieron cualquier cosa. Reposición y a seguir perdiendo tiempo. Sin palabras. Con leer el título bastaba, pero bueno, ni eso aparentemente.

Con respecto al tema pensionadas, no he hecho ninguno y quisiera saber como es el procedimiento, iniciás la jubi y esperás que te suspendan el cobro o lo iniciás antes del trámite?
 #333402  por ariel648
 
En un amparo colectivo la parte actora y los apoderados de ANSES sin presentar personeria piden la suspensión de los plazos para la producción del informe del art. 8 de la ley 16.986, lo cuál el juez da a lugar a dicha medida y no les reconoce el carácter de apoderados a los letrados de ANSES
Los abogados de la actora se notifican con la vista de los autos y no notifican a ANSES.
Mi pregunta es:
1)impugno el decreto que ordena la suspensión de los plazos?
2)la suspensión sería vigente para una de las partes en este caso?