Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JUBILACIÓN EXTRANJERO

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #316355  por Mariel-70
 
A ver si me pueden dar su opinión: Sr. extranjero.
Ingresó en el 71.
Aportes completos del 5/79 al 8/90 y del 10/04 en adelante y sigue aportando. Da 15 años y 10 meses
Exceso de edad: 1 año (6 meses computables)
Hasta aquí 17 años 4 meses
Períodos ampliados: 1/71 a 4/1979 y 9/1990 a 09/1993
Total: 27 años 3 meses.
Por lo que entiendo no puedo aplicar declaración jurada para sumar un año (si podría usarlo para bajar la deuda) porque antes del 9/93 está todo completo(Art 3) Y el art. 38 no no es aplicable porque entró en el país en el 71y ese art. abarca hasta el 68.

Faltarían 2 años y 9 meses. Alguien ve alguna otra solución que no sea comprar ese tiempo por sdm?

Gracias!!!
 #316423  por lgaray
 
tiene que haber entrado el mismo 1ª de Enero para comprar desde ese dia. Cuidado con eso
del 1/1/71 al 30/9/93, entre Rel de dep y la moratoria, tenes 22 años 9 meses
del 10/2004 al 28/2/2009, tenes 4 años 4 meses
6 meses de ARt. 19
total 27 - 7 - Revisalo por las dudas

si esta en actividad no podés usar Declaración Jurada, ni 3ª ni 38, asi le entrara.
no tenes otro modo de no comprar SDM