Hola colegas, a ver si me pueden ayudar, el asunto es así: Hay un inmueble muy grande, el dueño está muerto y todavía no se inició sucesión. El inmueble se alquiló, en el contrato de locación sólo figuran como locatarios 6 de 10 hermanos. La pregunta es la siguiente
¿Puede alguno de los 4 hermanos no firmantes resindir el contrato de alquiler?
Como la sucesión no se inició, no se si sean aplicables las normas del condominio
¿Puede alguno de los 4 hermanos no firmantes resindir el contrato de alquiler?
Como la sucesión no se inició, no se si sean aplicables las normas del condominio
ARTICULO 2.680.- Ninguno de los condóminos puede sin el consentimiento de todos, ejercer sobre la cosa común ni sobre la menor parte de ella, físicamente determinada, actos materiales o jurídicos que importen el ejercicio actual e inmediato del derecho de propiedad. La oposición de uno bastará para impedir lo que la mayoría quiera hacer a este respecto.
ARTICULO 2.682.- El condómino no puede enajenar, constituir servidumbres, ni hipotecas con perjuicio del derecho de los copropietarios. El arrendamiento o el alquiler hecho por alguno de ellos es de ningún valor.Muchas gracias