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 #314391  por MG
 
Me consulta un cliente propiestario de un inmueble (bien ganancial),en Provincia de Mendoza. El Sr. vive en Provincia de Buenos Aires. El inmueble no está alquilado. El Sr. está al día con el pago de impuestos y tasas del inmueble. No hay nadie que habite el inmueble.
Hace un par de días este Sr. recibe una carta de sus vecinos de esa Provincia informándole que unas personas entraron al inmueble, produjeron daños y sustrajeron cosas del mismo.
El Sr. es casado y tanto el como su esposa están imposibilitados de viajar a esa Provincia.
Ahora bien,se me plantean en este caso las siguientes dudas:
1-¿Están los vecinos legitimados para realizar denuncia policial de usurpación?
2- ¿Podría eventualmente un pariente de los propietarios del inmueble realizar denuncia penal por usupación o recurrir a un letrado para el caso de iniciar una acción de desalojo, o deben realizarla los propietarios?
3- ¿Alguien sabe en qué sitio web sale algo sobre desalojo en Provincia de Mendoza o el Código Procesal Civil y Comercial de esa Provincia?
Gracias.
 #314607  por viko
 
la denuncia penal puede interponerla cualquier persona que conozca de los hechos. el delito de usurpacion es de accion publica. el desalojo entiendo que solo puede ser interpuesto por parte legitimada: dueño o represetante en la provincia. puedes hacer un poder para jucios a un pariente en mendoza, y le mandas copia para que inicie el desalojo. saludos